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Le informamos de las subvenciones y ventajas fiscales existentes para el año 2011 para obras relacionadas con:

A. SUBVENCIONES:

 A1.- Actuaciones de mejora de la EFICIENCIA ENERGÉTICA, HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE y UTILIZACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES

 
-Instalación de paneles solares para producción de agua caliente sanitaria, con contribución de la menos el 50 % para edificios nuevos
-Mejora de la envolvente térmica 
-Mejora de las instalaciones térmicas para incrementar eficiencia o usar energías renovables
-Mejora de instalaciones que favorezcan el ahorro de agua y redes de saneamiento separativas
-Las que sirvan para cumplir los parámetros CTE

 A2.- Actuaciones para garantizar la SEGURIDAD ESTRUCTURAL Y ESTANQUEIDAD:

 
-Refuerzo y consolidación de elementos estructurales
-Adaptación de instalaciones eléctricas a la normativa 
-Intervenciones sobre la envolevente pra evitar o combatir humedades

 A3.- Actuaciones de mejora de la ACCESIBILIDAD:

 
-Instalación o adaptáción de ascensores
-Instalación o mejora de rampas de acceso 
-Instalación o mejora de disositivos de acceso a edificios, para discapacitados sensoriales
-Instalación de elementos de información y orientación en escaleras y ascensores
-Adaptación de viviendas a discapacitados o personas mayores de 65 años

 


B. OTRAS SUBVENCIONES:

Rehabilitación de Fachadas y Cubiertas, Alumbrado público ornamental permanente de fachada o Sustitución de Antenas de televisión y radio por antena colectiva (hasta 30-06-2011)
- Para Instalaciones de energía solar térmica y/o Fotovoltaica.
- Para la Mejora de la Eficiencia Energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes, de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes. de los ascensores de los edificios existentes y promoción de la construcción de nuevos edificios con alta calificación energética.

- Para la Rehabilitación Energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de forma que cumplan, al menos, con las exigencias del DB- HE1 del Código Técnico de la Edificación (CTE), mediante la renovación de fachadas exteriores, otros muros, forjados y cubiertas de edificios residenciales y del sector terciario.
- Para la Renovación de las Instalaciones Eléctricas antiguas en las viviendas:
             - Programa I: para instalaciones interiores de viviendas que tengan más de 15 años de antiguedad
             - Programa II: para instalaciones eléctricas comunes de edificios destinados principalmente a viviendas (según Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión), que tengan más de 25 años.
- Para Actuaciones de Energía Solar, Térmica y Fotovoltaica NO conectada a red.
          - Línea I. ENERGÍA SOLAR TÉRMICA:
          a) Instalaciones solares térmicas para el suministros para el de aire caliente para la climatización de edificios o para procesos industriales
           b) Instalaciones solares térmicas para el suministro de agua caliente sanitaria o asimilados
           c) Instalaciones solares térmicas para la climatización de piscinas
           d) Instalaciones solares térmicas para calefacción y climatización de edificios, naves o asimilados
           e) Instalaciones solares térmicas para suministrar calefacción o frío en los procesos industriales
         - Línea II. ENERGÍA SOLAR FOTOVOLATICA NO CONECTADA A RED Y SISTEMAS MIXTOS DE ENERGÍA EÓLICA Y FOTOVOLTAICA NO CONECTADA A RED:
          a) Intalaciones fotovoltaicas sin conexión a la red general de distribución eléctrica, para abastecimiento de electricidad, independientemente de su uso
          b) Instalaciones mixtas de energía eólica y fotovoltaica sin conexión a la red general de distribución eléctrica, para
abastecimiento de electricidad, independientemente de su uso y con un máximo en la parte eólica de 20 kW.
- Para la Realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética:
         - Rehabilitación energética de la envolvente térmica de edificios existentes (cumplimiento CTE)
         - Inversiones en actuaciones energéticas que permitan alcanzar en edificios de nueva construcción con calificación energética B o A, mediante reducción del consumo de la energía.

         - Realización de la ingeniería requerida para calificar energéticamente del edificio y se obtenga la licencia de obra del periodo subvencionable
         - Sustitución de equipos de producción de calor, frío y ACS de instalaciones térmicas en edificios
         - Sustitución de equipos de movimiento de los fluidos caloportadores
         - Instalación de sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y recuperación de calor del aire de extracción
        - Instalaciones de sistemas que combinen equipos convencionales con técnicas evaporativas que reduzcan consumo de energía.
        - Sistemas de regulación que ahorren energía térmica
        - Nuevas instalaciones de sistemas centralizados de calefacción o refrigeración
        - Sustitución de luminarias de mayor rendimiento, lámparas de mayor eficiencia
        - Instalación de sistema de control de encendido y regulación del nivel de iluminación
        - Cambio del sistema de iluminación, con reubicación de puntos de luz
        - Sustitución en ascensores, de equipamiento con una máquina de tracción directa, sin reductor y/o sustitución de motores por motores controlados por variador de frecuencia o sistema similar o sustitución de iluminación e cabina por otra energéticamente más eficiente

- Para Actuaciones de energías renovables, excepto solar:
          -Energía eólica. Instalaciones con potencias menor de 1001 We.
         - Energía eólica. Instalaciones con potencia instalada mayor o igal a 1001 y menor de 5001 We.
         -Energía eólica. Instalaciones con potencia instalada mayor o igual a 5001 y menor de 150.000 We
         -Geotermia: Instalaciones para aprovechar y utilizar aguas termales, cualquiera que sea su uso, procedentes de yacimientos geotérmicos que acrediten declaraciones de termalidad.
        -Geotermia. Instalaciones de producción de energía térmica (frío/calor), para climatización utilizando bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sea circuito abierto o cerrado.
        -Bioenergía. Digestión de biomasa (residuos ganaderos e industrias agroalimentarias)
        -Bioenergía. Gasificación de la biomasa.
        -Bioenergía. Combustión de biomasa
        -Bioenergía. Instalación térmica en el ámbito residencia y servicios.
        -Bioenergía. Instalaciones térmicas en Industria.
        -Bioenergía. Biocombustibles. Adaptación de vehículos para transporte de pelets por sistema neumático; equipos para mejorar las caracteristicas de biocombustibles; Surtidores nuevos o adaptación para suministro de biocombustibles líquidos y gaseosos
       -Bioenergía. Estudios de logística de suministros de biomasa y biocombustible y su uso energético.
      -Bioenergía. Campañas de publicidad para aplicaciones en el sector doméstico, actividades empresariales agrícolas y ganaderas
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- Para la realización de Inversiones en ahorro y eficiencia energética: Sector TRANSFORMACION de la ENERGÍA.
- Para la realización de Inversiones en ahorro y eficiencia energética: Sector SERVICIOS PÚBLICOS.



 C. BENEFICIOS FISCALES PARA OBRAS DE REHABILITACION Y MEJORA DE VIVIENDAS:

C1.- Deducción por obras en instalaciones medioambientales:

a) Instalación de paneles solares, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas, en un porcentaje, al menos, del 50 por ciento de la contribución mínima exigible por la normativa técnica de edificación aplicable.
b) Cualquier mejora en los sistemas de instalaciones térmicas que incrementen su eficiencia energética o la utilización de energías renovables.
c) La mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua, así como la realización de redes de saneamiento separativas en el edificio que favorezcan la reutilización de las aguas grises en el propio edificio y reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado.

C2.- Deducción del 15% de las obras de adecuación a la inspección técnica de construcciones para edificios de más de 30 años.

C3.- Deducción del 15% de las obras de reparación y mejora de vivienda habitual realizadas en el año 2011.



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